Hace mas de siete años comencé un reclamo de mi haber jubilatorio y ya tuvo sentencia favorable de las distintas cámaras habiendo sido comunicada ANSES y pasado ya los 120 días hábiles que fija la ley 24.463 en su art. 22 (Artículo sustituido por art. 2° de la Ley Nº 26.153 B.O. 26/10/2006) para la liquidación y no tengo ninguna comunicación de ANSES. Dada la situación actual de mi juicio (No tengo la menor idea de cual es el monto de mi nueva jubilación, como así tampoco cuando llegará a mis manos, mucho menos el monto del retroactivo) – Me informa mi abogada que no puedo darme fechas, pero si comentarme que se insistirá en el reclamo.
O sea que a esta altura, luego tantos años de iniciado el reclamo, no tengo ni la menor idea de cuanto y cuando cobraré. Dada esta circunstancia y no teniendo a nadie a quien recurrir que me clarifique el panorama, estoy redactando una carta a los lectores que enviaré a La Capital de Rosario, La Nación y Clarín de Bs. As. y a mis compañeros de Acindar que se encuentran en parecida situación a la mía.
Por ese motivo y ante la impotencia que me causa estar tan carente de información, es mi decisión de consultar Ud. Cual es la real posibilidad de cobro
Disculpe que me dirija por este medio, pero la impotencia y la sensación de encontrarme desprovisto de información fehaciente (Saber lo mínimo como es cuanto y cuando cobraré) y desprotegido, me lleva a tratar de darle un giro a esto y que al menos se me informe de la real situación y que esa información sea fidedigna (no que cuando pasen los dos años surja otra cosa que continúe pateando para adelante la solución.
Juan Carlos Allois
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